lunes 31 de agosto de 2009

OVIEDO. La comisión calificadora de documentos, la principal novedad del recién aprobado reglamento del Archivo Municipal


El texto del nuevo reglamento del servicio adapta sus condiciones a la legislación actual y sustituye al de 1973

22.08.09 - G. D. -R.| OVIEDO

Más cabezas, expertas en distintas áreas para decidir qué se debe guardar, durante cuánto tiempo y qué se puede destruir. La comisión calificadora de documentos, la principal novedad del recién aprobado reglamento del Archivo Municipal, contará, además de con la archivera, con un técnico de Organización, otro de Abogacía Consistorial y el jefe del servicio cuya documentación vaya a ser analizada.
Tres técnicos del Ayuntamiento, sin contar al jefe de área, pero también otro especialista del Principado y si la Universidad lo designa, uno más de la institución académica. La comisión, que se reunirá al menos una vez cada año, quedará constituida por siete miembros, seis si finalmente la Universidad no nombra al suyo.
La medida debe ayudar a agilizar la gestión de la documentación administrativa que genera cada día el Ayuntamiento. Hasta ahora, la decisión sobre el expurgo o destrucción de los documentos inservibles correspondía únicamente a la archivera y al jefe del servicio interesado, según una instrucción de la comisión municipal de 1973, cuando los ordenadores eran casi una quimera.
Nuevas leyes
El nuevo reglamento, elaborado por la archivera, Ana Herrero, facilitará una tarea cada vez más compleja. En 1973 no existía, por ejemplo, la Ley de Protección de Datos, tan nueva además, que su interpretación no está madura y varía con nuevos pronunciamientos judiciales. La nueva comisión incluye por esa razón a personal de Abogacía Consistorial, ya que, además de decidir el destino de los documentos, valorará también las posibles restricciones para su consulta.
De hecho, el nuevo reglamento apenas introduce otras novedades, salvo las necesarias para adaptarse a la Ley de Grandes Ciudades. Prevé que el Archivo no dependa del alcalde o concejal en el que delegue, sino también del órgano superior o directivo que designe el regidor.
http://www.elcomerciodigital.com/gijon/20090822/oviedo/abogacia-consistorial-tecnico-principado-20090822.html